En Ecuador, el 17 de mayo, su presidente Guillermo Lasso decretó la disolución de la Asamblea Nacional, aplicando el artículo 148° de su Constitución Política “…La Presidencia de la República podrá disolver la Asamblea Nacional cuando, …de forma reiterada e injustificada obstruye la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo o por grave crisis política y conmoción interna…el Consejo Nacional Electoral convocará para una misma fecha a elecciones legislativas y presidenciales…”.

El presidente Lasso busca eludir el juicio político por la tolerancia ante el presunto desfalco en la Empresa Pública Flota Petrolera Ecuatoriana (FLOPEC) al firmar contratos presuntamente sobrevalorados para el transporte de petróleo con la empresa privada Amazonas Tanker Pool. Estos contratos se firmaron durante el mandado del expresidente Lenin Moreno y se consideran lesivos al interés del Ecuador, negándose a su resolución el actual presidente Lasso, por lo que se le denunció por peculado y lo procesaba la Asamblea Nacional.

Como en el Perú, Ecuador tiene a expresidentes implicados en supuestos delitos de corrupción, aunque frente a crisis políticas con fondos de corrupción, las salidas constitucionales son diferentes.

En el Perú, el “equilibrio de poderes constitucional” se está sustituyendo por una supremacía congresal camino a una “dictadura parlamentaria” con una mayoría derechista, soportada por una alianza entre el “cerronismo” y el fujimorismo, mientras que en el Ecuador se permite una disolución simultánea o “muerte cruzada” de dos poderes del Estado: Ejecutivo y Legislativo, convocándose a nuevas elecciones generales.

La crisis política de Ecuador se suma a otras de América Latina, que tienen como telón de fondo la corrupción permitida desde sus constituciones y los enfrentamientos entre poderes de Estado. Con esto vuelven frágil la fiscalización mutua y el equilibrio institucional.

Esperemos que Ecuador encuentre una salida democrática a su crisis política, que le permita enrumbar en construir una sociedad con mejores mecanismos de ejercicio de sus derechos y mecanismos institucionales sólidos.