El 20 de marzo se promulgó la Ley 31988 restableciendo la bicameralidad, reforma constitucional aprobada por el Congreso conforme al artículo 206° de la Constitución: “Toda reforma constitucional deber ser aprobada con mayoría absoluta… y ratificada mediante referéndum. Puede omitirse el referéndum cuando… en dos legislaturas ordinarias sucesivas con una votación favorable… superior a los dos tercios del número legal de congresistas…”. La primera votación del 16 de noviembre del 2023 obtuvo 93 votos y la segunda, del 6 de marzo, consiguió 91 a favor, necesitándose 87 votos, dos tercios de 130 congresistas. De las 12 Constituciones del Perú, 10 de ellas mantienen la bicameralidad y solo 2 de ellas son unicamerales, la de 1867 vigente menos de 6 meses y la de 1993 que estableció el Congreso unicameral, vigente casi 31 años.

La promulgación de estas reformas constitucionales ha obviado dos consultas populares: el referéndum del 25 de diciembre de 1993 acusado de fraude y el referéndum del 9 de diciembre del 2018, que prohibiera la reelección inmediata de congresistas y rechazó la bicameralidad.

Personalmente creo que un Congreso bicameral aporta con la mayor y mejor reflexión de las decisiones, así como la posibilidad de reelección inmediata, una única vez, mejora las competencias políticas. Sin embargo, la decisión de este Congreso rompe el equilibrio de poderes, una vez más, y vuelve ilegítima una decisión que ya fue rechazada en consulta popular. Este Congreso está pisoteando la opinión pública. Cualquier reforma constitucional que busque instalar la bicameralidad y la reelección de congresistas debe pasar, nuevamente, por referéndum. Es la única forma de dotarla de legalidad y legitimidad.